Los 10 instrumentos legales no toman en cuenta las necesidades de los trabajadores, que durante años han protestado por mejoras salariales y una mayor libertad sindical.
En el marco de un nuevo plan del régimen para supuestamente «mejorar la situación de los trabajadores», la írrita Asamblea Nacional (AN) de mayoría chavista comenzó a trabajar en un paquete de leyes especiales en materia laboral, destinadas a cubrir los vacíos dejados por la Ley Orgánica del Trabajo (Lottt).
Jorge Rodríguez, presidente de la AN, solicitó a la Comisión de Desarrollo Social Integral la presentación de 10 leyes laborales antes del mes de julio. La orden se dio unos días después de la partida de la comisión de alto nivel de la OIT, que vino a Venezuela para iniciar el foro de diálogo social.
La necesidad de elaborar y aprobar estas leyes surge de una instrucción dada por Nicolás Maduro el año pasado, mediante la cual pedía instrumentos legales para reforzar la Lottt.
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Según el presidente de la Comisión de Desarrollo Social, Pedro Infante, los títulos de los 10 instrumentos propuestos son:
- Ley de trabajadores que realizan labores para el hogar.
- Ley de trabajadores a domicilio.
- Ley de trabajadores motorizados.
- Ley del trabajo de personas con discapacidad.
- Ley de trabajadores del deporte profesional.
- Ley del trabajo del transporte.
- Ley de trabajadores agrícolas.
- Ley de trabajadores culturales.
- Ley del trabajo de la navegación marítima, fluvial y lacustre.
- Ley del trabajo del transporte aéreo.
El hecho, sin embargo, es que estos proyectos no obedecen a ningún acuerdo con los otros sectores que deberían estar involucrados en la discusión (empleadores y sindicatos), ni corresponden a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta de la OIT.
León Arismendi, director general del Instituto de Altos Estudios Sindicales (INAESIN), explicó que estos instrumentos se derivan de un apartado de la Lottt en el que se contemplan estas modalidades de trabajo alternas a las relaciones habituales entre empleado y patrono.
En el Título IV, «Modalidades Especiales de Condiciones de Trabajo», se establece la posibilidad de crear leyes que regulen con mayor precisión el trabajo a domicilio, el del transporte en sus distintas formas, el trabajo agrícola y cultural, los deportistas profesionales y también el trabajo de las personas con discapacidad.
Una década después de la promulgación de la Lottt, la AN socialista propone estas regulaciones que, a juicio de Arismendi, no son prioritarias, puesto que la ley del trabajo y otras normas laborales amparan estas condiciones especiales. La precariedad que viven todos los trabajadores del país se debe, más bien, al incumplimiento de la Lottt y los convenios internacionales firmados por Venezuela.
Por su parte, la misma ley señala que para redactar leyes especiales se requiere un amplio proceso de consulta a los sectores relacionados. Así lo contempla el artículo 204 de la Lottt: «Las modalidades especiales de condiciones de trabajo se establecerán en leyes especiales, elaboradas en corresponsabilidad y amplia participación de los sujetos de la relación laboral, particularmente los trabajadores, trabajadoras de cada modalidad y sus organizaciones sindicales».
Dicha consulta ni siquiera se ha mencionado y los sindicatos representativos del país no son tomados en cuenta desde hace muchos años. Entonces, ¿cuáles son las motivaciones reales de esta propuesta y es pertinente su aplicación?
El abogado sostiene que estos sectores han funcionado con normalidad en la última década. Aun así, el sector sindical no ve con malos ojos la aprobación de nuevos instrumentos legales, siempre y cuando representen verdaderos beneficios para el trabajador. El inconveniente con las 10 leyes en las que trabaja la AN chavista es que no atacan el problema de fondo.
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Por ejemplo, el informe publicado por la Comisión de Encuesta de la OIT sobre la situación laboral del país, tras su visita en 2018, hizo énfasis en el incumplimiento de tres convenios internacionales como principal problema:
Convenio 26. Se refiere a los métodos usados para la fijación de salarios mínimos. Conmina a establecer mecanismos para la fijación de tasas mínimas en donde no exista un método eficaz o donde los salarios sean “excepcionalmente bajos”.
Convenio 87. Sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación. Determina que las organizaciones sindicales deben elegir libremente a sus representantes y que «las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal».
Convenio 144. Relativo a la consulta tripartita. Establece que deben crearse procedimientos que garanticen consultas efectivas entre el Gobierno, los empleadores y los trabajadores para discutir temas como las recomendaciones de la OIT.
Arismendi insiste en que la prioridad debería ser el cumplimiento de los convenios, lo que permitiría rescatar la libertad sindical y retomar las discusiones sobre las exigencias de los trabajadores en función de sus necesidades, en lugar de acatar leyes unilaterales elaboradas por el oficialismo.
En algunos casos, el régimen ha logrado disminuir la influencia de los sindicatos, retirándoles las facultades legales para representar a los trabajadores. También ha favorecido sindicatos paralelos en la Administración Pública, que sólo defienden los intereses del Estado.
Es importante destacar que, desde 2018, las estadísticas revelan que el 68% de las protestas laborales han sido por exigencias salariales, un 17% por las condiciones de trabajo y el 4% por la violación de las convenciones colectivas. Ninguno de estos motivos es abordado en las nuevas leyes propuestas.
El chavismo siempre ha tratado de adjudicarse cualquier logro, sin importar que sea de gobiernos anteriores. Resulta irónico que aseguran haber restituido los derechos laborales mientras encarcelan líderes sindicales, no protegen a sus trabajadores de la hambruna y eliminan muchas convenciones colectivas. Los expertos en derecho laboral coinciden en que el mismo Estado incumple las normas constitucionales.
Arismendi concluyó: «La tendencia universal es favorecer la libertad, no poner más reglas. En materia de derechos humanos, el Estado debe promover el ejercicio de los derechos humanos. En su lugar, la legislación los obstruye, los limita y condiciona».
Redacción: Alicia Salazar