Como un «impuesto encubierto» es calificado, por los profesionales del derecho, el anclaje al valor del Petro de las tasas previstas por la ley.
La Federación de Colegios de Abogados de Venezuela demandará ante el Tribunal Supremo de Justicia la nulidad de la Ley de Registros y Notarías, la cual quedó establecida en la Gaceta Oficial N° 6.668, del pasado 16 de diciembre de 2021, una vez que la Asamblea Nacional chavista aprobó la reforma de la Ley de Registro Público y del Notariado de 2014 por medio de un decreto con rango, valor y fuerza de ley.
En esta reforma, los precios de los trámites legales, tanto mercantiles como civiles, en los registros y notarías del país fueron anclados al valor del Petro, y deben pagarse en criptodivisas o en su equivalente en bolívares en el momento de la gestión.
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En la realidad, desde mediados del año pasado ya se estaba aplicando el cobro de las nuevas tasas, lo que sólo ha dificultado las operaciones de este tipo, porque para la mayoría de los ciudadanos representan montos muy altos difíciles de costear.
Jesús Vergara Peña, directivo de la Federación de Colegios de Abogados, aseguró que la ley afecta más que nada a los usuarios y se constituye en un golpe más contra la ya debilitada economía de los venezolanos.
Señaló, por ejemplo, que «una persona que deba obtener un permiso de autorización de viaje a un hijo menor, dentro o fuera del país, deberá cancelar 2 unidades de Petro, que son aproximadamente 120 dólares, más los honorarios del profesional que realice el trabajo legal».
Y para enfatizar la falta de sentido común de la nueva norma, agregó: «También para una copia simple de un documento que repose en una notaría deberá pagar 0,50 Petros por folio. Si son 10 folios o páginas tiene que erogar 300 dólares».
El Petro se tasa actualmente en 262,19 bolívares, unos 56,54 dólares. No obstante, las personas deben acudir al Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN) para conocer los precios y hacer el reajuste de los presupuestos correspondientes a honorarios profesionales en las notarías y registros.
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Por otra parte, Vergara afirmó que la reforma tendrá un impacto social negativo porque es, en realidad, un impuesto encubierto que además afecta directamente a los gremios de abogados y contadores. Afirmó que se reducirán drásticamente las solicitudes de estados de ganancias y pérdidas de las sociedades mercantiles y civiles.
Por algunos de los documentos indicados en la Gaceta, entre una extensa lista de trámites, un ciudadano tendrá que pagar hasta 6 petros, es decir, aproximadamente 1.568 bolívares o 340 dólares. A continuación se detallan los más importantes:
- Inscripción de testamentos abiertos o cerrados.
- Títulos o certificados académicos, científicos, eclesiásticos y despachos militares.
- Las legalizaciones.
- Las autorizaciones de viaje para niñas, niños o adolescentes.
- La inscripción de demandas o poderes, y la sustitución, renuncia o revocatorias de los mismos en materia laboral.
- La designación de tutores, curadores o consejeros de tutela.
- Actas de remate.
- Las copias certificadas de los libelos de demanda para interrumpir la prescripción y otros efectos.
- Los poderes, sustituciones, renuncias y revocatorias de los mismos.
- Documentos con declaraciones de limitaciones, transmisiones, derecho de retracto, renuncias y gravámenes de la propiedad.
- Decretos de interdicción e inhabilitación civil.
- Protestos de cheques, de conformidad con el Código de Comercio.
- La certificación de gravámenes.
- Copias certificadas de todos los actos o instrumentos que reposen en los archivos de los Registros y Notarías.
- Todos aquellos que establezcan las leyes y las providencias emanadas de la máxima autoridad del Servicio Autónomo de Registros y Notarías.
Redacción: Sebastián Yáñez